Nunca se desprende uno de lo que le pertenece, aunque lo tire o lo regale. Johann Wolfgang Goethe
Se decidió atacar Z

Ramón Berenguer I, una vez vencido Mir Geribert, y muerto un año después de haberse sometido al conde, y teniendo grandes sumas de dinero pagadas por los reyes musulmanes vecinos, pudo restablecer su autoridad sobre los nobles de Barcelona, Girona y Osona mediante una política de reconciliación. El conde llamó a cada uno de los jefes de los linajes aristocráticos a comparecer delante de sus tribunales, donde el barón era condenado por rebeldía y le era impuesta una multa muchas veces simbólica. Acatando la sentencia, el noble conseguía ser readmitido en el circulo del los fieles al conde. Ramón Berenguer I se aseguraba la fidelidad de cada barón, no resituandolo en la condición de delegado de la potestad del conde, si no imponiéndole la concertación de conveniencia, donde se establecía al conde como al señor eminente de las fortalezas controladas por el barón; el jefe nobiliario pues quedaba obligado a rendir el castillo a Ramón Berenguer I, permitiéndole entrar y estarse siempre que el conde lo solicitara, finalmente, Ramón Berenguer I consolidad su dominio sobre las fortificaciones de los nobles, haciéndose jurar fidelidad también por los comandantes de la guarniciones de las fortalezas.
Pero en algunos casos, el conde no tuvo bastante haciéndose reconocer señor eminente de las fortalezas, y miro de hacerse propietario, ya fuera exigiéndolo, como hizo en Barcelona con el castillo de Montjuich, que había estado controlado por Mir de Geribert, o también por compra: pagándolos con el oro de los tributos musulmanes, Ramón Berenguer I y su mujer Almodis adquirieron, a los linajes más ricos y desleales de la zona, once castillos en el termino del Penedés, epicentro de la revuelta feudal. El éxito de esta política de reconciliación con la nobleza fue tan grande que, subscribieron pactos de dependencia respecto al conde las familias más destacadas: los Gurb-Queralt y los Orís de Osona, los Cervelló en Barcelona, los Cervià-Celrà de Girona, como también las casa vizcondales de Barcelona, Cabrera (Girona) y Cardona (Osona); en estos pactos, concluidos bajo forma de conveniencia, Ramón Berenguer I siempre establecía la obligación de los magnates a reconocer su autoridad y mantenerse fieles en todos los sitios de sus dominios, descritos minuciosamente en los documentos: los cuatro condados de Barcelona, Girona, Osona y Manresa, los tres obispados de Barcelona, Girona y Vic, las cinco ciudades de Barcelona, Vic, Manresa, Girona y Cardona, y los castillos conquistados de la Baja Ribagorza, además los nobles no podían intentar nunca de apoderarse de los tributos de los reyes taifas.
Tal como hemos visto el poder condal restaurado por Ramón Berenguer I, se basó no en la sumisión total de la nobleza, si no en el pacto y la negociación del conde con los linajes aristocráticos. Ante esta aceptación por parte de la aristocracia, el conde se olvida de las franquicias, concedidas a la pagesia, y permite que los nobles opriman a la pagesia a la cual ahora no necesita. Así pues el fin de las revueltas y el retorno a la paz, iniciado el 1060, no significó para los pagesos recuperar las condiciones de libertad vigentes hasta el año 1020, si no consolidar su opresión por los barones feudales.
Después de la revoluc

Y así fue que el conde y su mujer Almodis, organizaron el gobierno de sus condados de Barcelona, Girona, y Osona no por medio de funcionarios públicos, si no con el concurso de personas obligadas con el conde y la condesa por juramentos de fidelidad y de homenaje. A nivel central, contaron con la curia condal, un órgano meramente consultivo integrado por todos aquellos magnates convocados expresamente por el conde y la condesa, no había dentro de la curia por derecho propio; en un ámbito mas cercano la pareja condal gobernaba con la ayuda del consejo privado, constituido por los nobles, pero de linajes no muy poderosos, gente de debía al conde todo lo que tenia, y de este modo Ramón Berenguer I y Almodis evitaron una preponderancia excesiva de los grandes magnates. A parte de estos dos órganos, había tres cargos que auxiliaban directamente al conde: el Senescal, el Juez de palacio y el veguer de Barcelona. El primero se dedicaba a la intendencia de la casa del conde, el juez no podía intervenir en los pleitos, si no que su faena era asesorar a los condes en cuestiones jurídicas que luego ellos se las saltaban si les convenía. El veguer aseguraba dentro del condado el cumplimiento de los pactos y deberes respecto al conde. Y con toda esta labor resulta que llegó a ser una pieza clave en el gobierno, como también lo fueron los Batlles, encargados de recibir los derechos del conde sobre los castillos, pueblos, villas y ciudades.
Desde el mismo momento en que empezó la crisis del Califato de Córdoba, y de su posterior disgregación en reinos de taifas, los grupos de poder de los condados catalanes se propusieron aprovecharse de la debilidad del al-Andalus después de la caída del estado omeya, y así se organizaron diversas expediciones con el propósito de sacar riqueza y botines, la mas destacada de las cuales fue dirigida en el año 1010 por el conde Ramón Borrell contra Córdoba. Al mismo tiempo el pago de tributos por parte de los reyes taifas a los condes fue una cosa discontinua hasta que Ramón Berenguer I impuso un pago fijo a Lleida, a Tortosa y a Zaragoza; a partir de entonces los tributos de los estados árabes serian un ingreso constante de tesoro condal, cosa que condicionará la política de relaciones con el Islam; Ramón Berenguer I siempre prefirió mas cobrar tributos que conquistar territorios, por eso, como ya se ha expuesto, renunció a apoderarse de Tarragona, todo y la proximidad a las posiciones cristianas.

Aparte de imponerse dentro de sus dominios para resolver los conflictos con otros poderes, como ahora para poner fin a las pretensiones de Armengol IV de Urgel sobre los castillos de Pilça, Purroi y Casserres, en la Baja Ribagorza, comprándole los derechos, al conde de Barcelona, los recursos económicos de el oro musulmán le servían también para expandirse territorialmente su poder, así Ramón Berenguer I y Almodis adquirieron los condados de Carcasona y Rasès con intención de constituir un dominio para su hijo Ramón Berenguer llamado Cap d’estopes en aquellos momentos, el heredero de Barcelona no era el si no el primogénito Pedro Ramón. Este propósito renació por que en unas largas y complejas negociaciones realizadas entre los años 1067 y 1070, los condes de Barcelona compraron, con oro, los derechos de todos los otros posibles herederos del conde Ramón ii de Rasès, muerto el 1065 sin descendencia ni colaterales.
Ramón Berenguer I y Almodis, orientaron su afán expansionista hacia Carcasona y Rasès, a pesar de las dificultades de la operación, por que no siendo posible ensanchar sus dominios a costa del Islam, por que como consecuencia perdería los tributos que le pagaban los reyes de Lleida, Zaragoza y Tortosa, que le hacían disponer de oro suficiente para imponerse sobre sus nobles, para ellos la mejor vía era la expansión hacia las tierras de Occitania.
Las nupcias de Ramón Berenguer I fueron:
En 1039 se casó con Elisabet de Nimes, seguramente hija del vizconde Raimón Bernat I de Nimes. Tuvieron: Al infante Pedro Ramón de Barcelona; infante Arnau de Barcelona; infante Berenguer de Barcelona.
En el 1051 se casó con Blanca de Narbona, hija de Llop Ató Zuberoa y Ermengarda de Narbona. Fue repudiada al año siguiente sin tener descendencia.
El 1056 se casó, en terceras nupcias, con Almodis de la Marca, hija del conde Bernardo I de Rasès. Tuvieron:
La infanta Inés de Barcelona, casada con el conde Guigues VII de Albon.
El infante Ramón Berenguer II conde de Barcelona.
El infante Berenguer Ramón II conde de Barcelona.
La infanta Sancha de Barcelona, casada en segundas nupcias, con Guillermo I de Cerdaña, conde de Cerdaña y Berga.
En Barcelona-Giron

Después de todo este caso, Ramón Berenguer I tomo la decisión de dejar sus dominios en cogobierno a sus dos hijos, tenidos con Almodis de la Marca, Ramón Berenguer II llamado Cap d’Estopes y a Berenguer Ramón II, los cuales eran gemelos, o si no, con muy poca diferencia de edad, avían de regir Barcelona, Girona y Osona con absoluto condominio y plena igualdad de tal manera que según se había establecido, si alguno juraba fidelidad a uno de los dos condes de Barcelona, había de jurarla también al otro. Las posteriores divisiones entre los dos hermanos debilitaron el poder condal; además, el cogobierno anunciaba una futura división del dominio Barcelonino, inevitable si los dos condes hubieran tenido descendencia.
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